Te proporciona un servicio integral y garantiza la asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria necesaria para cada uno de los miembros de tu familia.
Gastos Elegibles:
- Cuarto y Alimentación: Luego del Co-Pago de Hospitalización, paga el 100% del valor de un cuarto privado regular en Panamá.
- Gastos misceláneos de una hospitalización: Luego del Co-Pago de Hospitalización, paga el 100% de los gastos elegibles, por reclusión relacionada a una misma enfermedad, lesión o tratamiento.
- Honorarios del Cirujano Principal, Cirujano Asistente y Anestesiólogo: Durante una hospitalización, este beneficio pagará el 100% de los costos razonables y acostumbrados, excepto si es una Enfermedad Catastrófica, la cobertura será 80% después del deducible año póliza. Previa autorización de La Compañía, y sólo en casos de cirugía de corazón abierto, columna cervical y cerebro (encéfalo), este beneficio también pagará los honorarios de un cirujano asistente, limitando el pago al 30% del pago que corresponda al cirujano principal. El pago para el anestesiólogo también está limitado al 40% del pago que corresponda al cirujano principal.
- Urgencia por Lesión Accidental: Cubre a primer riesgo el 100% de los costos del cuarto de urgencia y el 100% de los honorarios de un Médico Especialista en base a costos usuales y acostumbrados.
- Cirugía Ambulatoria: Este beneficio cubre a primer riesgo el 100% de los costos del salón de operaciones y cuarto de recobro y demás servicios y suministros, facturados por el hospital por cada cirugía ambulatoria y cubre el 100% de los honorarios de un cirujano y del anestesiólogo.
- Maternidad: Cubre gastos de embarazo luego de un periodo de espera de doce (12) meses. Después de cubrir el co-pago que le corresponde, este beneficio pagará el 80%, hasta un límite de B/. 3,000.00 de los gastos prenatales, del costo de la hospitalización, de los honorarios de un ginecólogo-obstetra, del anestesiólogo (en caso necesario), el cuidado del bebe sano y los honorarios por asistencia del pediatra en el parto. Si la gestación se inicia después de veinticuatro (24) meses de vigencia de la cobertura de la madre este beneficio pagará el 100% hasta B/.4,000.00. Los gastos prenatales se cubren de la misma forma que los gastos fuera de hospital.
- Gastos del Recién Nacido: Siempre y cuando el recién nacido nazca de una maternidad cubierta por esta póliza, éste estará automáticamente cubierto por cualquier accidente o enfermedad que le ocurra durante la vigencia de la póliza y pagará un beneficio máximo total de B/.30,000.00 como máximo vitalicio, al 80% después del deducible.
- Condiciones Congénitas: Estarán cubiertas hasta el 10% del Máximo Vitalicio (por asegurado, por año póliza) y están sujetas a todas las provisiones de la póliza, incluyendo deducible y coaseguro. Las enfermedades que sean diagnosticadas como congénitas, estarán cubiertas después de dos (2) años, al 80% después del deducible año póliza hasta el máximo indicado, de acuerdo a los costos razonables y acostumbrados.
- Tratamientos por trastornos nerviosos o mentales: Este beneficio cubre hasta un máximo de B/. 2,500.00 por año póliza y B/. 25,000.00 de por vida y se pagará de la siguiente manera:
- Gastos de hospital: después que se haya satisfecho el co-pago que le corresponde, los gastos de hospital y honorarios de un psiquiatra durante la hospitalización, hasta el límite de este beneficio.
- Gastos fuera de hospital: los honorarios médicos del psiquiatra se cubrirán al 80% después del deducible año póliza, hasta un máximo de 20 visitas por año póliza a razón de B/.50.00.
- Tratamiento por VIH-SIDA: cubre al 80% después del deducible de los gastos incurridos en una hospitalización que ocurra a consecuencia del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y sus complicaciones, hasta un máximo de B/.5,000.00 por año póliza y B/. 25,000.00 de por vida.
- Trasplante de órganos: Cubre el 80% de los gastos razonables y acostumbrados, después del deducible año póliza hasta un máximo vitalicio de B/.250,000.00. La cobertura de trasplante de órganos será proporcionada solamente dentro de la “Red de Proveedores” de la compañía. No hay cobertura fuera de la “Red de Proveedores” de la compañía.
- Transporte de Emergencia: Paga el 100% del costo usual y acostumbrado hasta un total de B/.1,000.00 por ocurrencia en ambulancia aérea dentro de la República de Panamá y 100% del costo usual y acostumbrado de una ambulancia terrestre dentro de la República de Panamá.
- Atención Médica en el extranjero: Sólo en viajes de negocios o de turismo y por cualquier tratamiento médico de emergencia que el asegurado o persona cubierta requiera mientras se encuentre fuera de la República de Panamá. Cubre el 80% después del deducible año póliza, hasta un máximo total de por vida de B/.25,000.00 por cualquier tratamiento médico de emergencia que el asegurado o persona cubierta requiera mientras se encuentre fuera de la República de Panamá en viaje de negocios o de turismo.
- Gastos médicos fuera del hospital: Se cubre al 80% después del deducible del año póliza los gastos elegibles de acuerdo a los costos razonables y acostumbrados según el área geográfica, como se describe a continuación:
- Honorarios médicos por atención o consulta médica efectuada en el consultorio privado del médico tratante o en la residencia del Asegurado o Persona Cubierta siempre que se trate de condiciones cubiertas por esta póliza.
- Costo de medicamentos, drogas o tratamientos de terapia física y terapia respiratoria, siempre que éstos sean médicamente necesarios, estén recetados por un médico idóneo y se trate de condiciones cubiertas por esta póliza.
- Pruebas y procedimientos necesarios para diagnóstico o tratamientos (laboratorios y rayos X).. Del costo de exámenes especiales, siempre que se cumpla con el requisito de pre-autorización según se detalla en la Condiciones Generales.
En caso de un “gasto fuera de hospital” incurrido en o con proveedores no-participantes, el asegurado deberá cancelar la totalidad de los gastos y presentarlo para reembolso a la Cía. de Seguros, donde se aplicará como razonable y acostumbrado el máximo que cubre la Red de Proveedores, pero nunca se pagará una suma mayor a la pactada con los Proveedores participantes, por servicio similar, según el área geográfica donde ocurra el gasto elegible.
Beneficios de Asistencia en Viaje
- Asistencia Médica y Hospitalaria por enfermedad o accidente 24/7 los 365 días del año
- Gastos de Medicamentos por internación
- Gastos por Medicamentos Ambulatorios
- Gastos Odontológicos
- Traslado Médico de Emergencia
- Gastos de Hotel por Convalecencia
- Desplazamiento de Acompañante (Ida y Regreso)
- Repatriación de Herido o Enfermo
- Gastos Estancia de Acompañante
- Regreso en Fecha Diferente
- Reembolso de Gastos por Vuelo Demorado o Cancelado
- Localización de Equipaje
- Compensación por Demora o extravío de Equipaje por más de 36 horas
- Compensación Complementaria por Pérdida de Equipaje
- Máximo de estancia cubierta en el extranjero por viaje, 60 días.